El pasado 23 de septiembre se publicó en el BOE el “Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia. El trabajo a distancia, entendido como trabajo que se realiza fuera de los establecimientos y centros habituales de la empresa y del que el teletrabajo es una subespecie que implica la prestación de servicios con nuevas tecnologías, ha sido objeto de regulación tanto en el ámbito interno como en el ámbito comunitario e internacional. Os contamos las claves: